Como pruebas documentales de que la Administración de justicia en España no es ningún cachondeo sino un órgano represor de los cívicos derechos de los ciudadanos al servicio del Poder Oligárquico o Económico-Financiero se exponen los suientes:
-----------------------------------------------
HECHOS ORIGINARIOS DE ESTA QUERELLA CRIMINAL: En http://padrecoraje.es/pdf/diligencias-ambos-juzgados.pdf, en http://ajura.es/pdf/diligencias-ambos-juzgados.pdf y en http://agobiadosycabreados.org/pdf/diligencias-ambos-juzgados.pdf se exponen las testimoniadas fotocopias de las supuestamente dolosas actuaciones judiciales seguidas en el Juzgado nº 2 de los de Móstoles, en las que totalmente falto de jurisdicción y de competencia para conocer de otros delitos diferentes a los: b) Falsificación de moneda, delitos monetarios y relativos al control de cambios, intervino el entonces juez de los delitos monetarios don Miguel Moreiras Caballero, que en su condición de titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de los de la Audiencia Nacional fue juzgado y condenado en firme a ser juzgado por haber incurrido “a sabiendas” en los delitos de prevaricación o prevaricato, cuando, supuestamente a instancias del Magistrado de la Sala de lo Penal del tribunal Supremo don José antonio Martín Pallín, inhibió al juez ordinario predeterminado por la ley, exclusivamente para autorizar unas delictivas actuaciones policiales que el juez ordinario predeterminado por la ley no había considerado prudente autorizar.
Cave destacar que la Sentencia dictada el 4 de mayo de 1993 por el único tribunal competente para conocer de la instrucción y el fallo de las causas penales contra jueces, magistrados y miembros del Ministerio Fiscal por delitos o faltas cometidos en el ejercicio de su cargo en la comunidad autónoma, siempre que esta atribución no corresponda al Tribunal Supremo, que devino en firme el 19 de mayo de 1993, continua sin ser ejecutada, supuestamente porque la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la Sala del Tribunal Constitucional a la que le correspondió conocer, la Sala descrita en el artículo 61.1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial y a otra diferente Sala del Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial, la Comisión Permanente del Consejo de Estado, los gobiernos presididos por don Felipe González Márquez, los presididos por don José María Aznar López y los presididos por don José Luís Rodriguez Zapatero a ultranza están tratando de mantener la impunidad del Poder Oligárquico o Económico Financiero que fueron quienes nos utilizaron para crear el ente publico que legalizaría la anticonstitucional aplicación informática denominada Registro Automatizado de Impagados o RAI............ |